Sin cambios en encomiendas internacionales

mayo 10, 2012

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{ 28 comments… read them below or add one }

fran 05.21.12 at 22:08

gracias x avisar

pablo 05.29.12 at 18:02

Gracias por aclarar ,los diarios dan como algo hecho esto y crean confusion.

Adrián 06.08.12 at 2:52
admin 06.08.12 at 6:16

Estimado Adrián

Al día en que se publicó el artículo, esta ley no había sido reglamentada. Hoy se a firmado el decreto que reglamenta la ley y a la brevedad se estará publicando en el diario oficial.

Omar 06.08.12 at 16:13

Si entiendo bien, entonces a partir del momento de publicación en el diario oficial podemos realizar compras en el exterior de hasta U$S 200 incluidos los gastos de flete. ¿es correcto?

admin 06.08.12 at 16:20

Estimado Omar

No necesariamente, ya que los servicios postales, deben de implementar un sistema informático de identificación para controlar los cinco envíos por año civil por persona que actualmente no existe, y aunque el decreto entra en vigencia no podrá implementarse en la práctica inmediatamente.

A la brevedad escribiremos un nuevo artículo respecto al tema.

Muchas gracias por sus consultas

Gabriel 06.08.12 at 16:23

Igual la ley dice «Las encomiendas postales internacionales de entrega expresa». No dice nada que tienen que ser regalos y no pueden ser compras.
Solo dice que no pueden estar gravadas por el IMESI.
O entiendo mal?

admin 06.08.12 at 16:37

Estimado Gabriel

Entiende bien. Pero el decreto nace a partir del decreto 506/001, y este nuevo decreto aún no deroga el 506/001, por lo que aún no nos es clara la interpretación.

A la brevedad escribiremos un nuevo artículo intentado evacuar las dudas.

Muchas gracias

Claudia 06.08.12 at 18:00

Las compras también están contempladas, basta leer el art. 4 del decreto en cuanto a la determinación del precio del valor, dice: «Para esta determinación, las encomiendas postales internacionales de entrega expresa deberán estar acompañadas de la factura original de compra…» En el inciso siguiente dice: «En caso de que se trate de encomiendas que contengan obsequios familiares… deberán estar acompañadas de la declaración de valor…» Por lo tanto el decreto distingue entre compras y regalos.
En segundo lugar, el decreto 506/001 quedó derogado desde el momento que existe otro con un contenido opuesto como lo es el 831/2012 del 6 de junio de 2012, de acuerdo con un principio de derecho de derogación tácita.

Claudia 06.08.12 at 18:06

Otra aclaración: el decreto no «nace» del otro decreto, reglamenta una ley, que es de la cual toma legitimación y no del decreto anterior; de ahí es que lo pueda derogar.

admin 06.08.12 at 18:22

Estimada Claudia

Muchas gracias por sus aclaraciones. Y si me permite, me gustaría conocer su interpretación respecto al artículo 8 del nuevo decreto que hace referencia a no poder ampararse en el decreto 506/001 una vez sea implementado el sistema informático. ¿Si ha quedado derogado, entonces por qué hace esa referencia?

Y según entiendo en base a lo que escribe, su interpretación es que el contenido del nuevo decreto se opone a todos los artículos del decreto 506/001 y por tanto los deroga? Entonces cómo se hace el trámite y si debe o no intervenir un despachante de aduana en el mismo.

Omar 06.08.12 at 20:36

Es interesante, por lo que veo el decreto es de inmediata aplicación, lo que deja es, a mi entender, un vacío, si la empresa postal no tiene el software adecuado para realizar el control, en ese caso no podría liberar la encomienda por falta de ese software, es en ese caso y sólo en ese caso que el destinatario podría ampararse en el decreto 506/2001, lo que le sirve hasta U$S 100, si la encomienda es de U$S 101 entonces quedaría en el limbo o debería contratar un despachante.
Es extraño que el decreto no ponga un plazo para la implementación de los sistema informáticos.

Alex 06.08.12 at 20:45

Me dijeron en un conocido courier que pfrece casilla de correo en Miami que impugnarán el decreto porque no hay forma de saber quién pagó una compra, dado que el vendedor, Amazon por ejemplo, no pone esos datos en su factura, a pedido de las tarjetas.

Claudia 06.08.12 at 21:51

Lo que entiendo, dice el artículo 8 es que el decreto del año 2001 se aplicaría hasta que exista el sistema informático. Luego que eso se implemente queda derogado. Entiendo que por encomiendas inferiores a los USD 200 no intervendría un despachante

Alejandra 06.14.12 at 0:49

Cuanto tiempo tarda en publicarse en el diario oficial?

Romero 06.21.12 at 4:56

Hice una compra por internet por la cual pagué USD 116 , mas el envío quedó en USD 145. Al ir a buscarla me dicen que tengo que tributar pero antes tengo que sacar permiso de importación con un despachante de aduana. Podrían decirme cual es el porcentaje del tributo y cuanto serían los honorarios del despachante . Gracias

admin 07.06.12 at 21:22

Si es entrega expresa estaría exento, si es por consultas de tributos, favor dirigirse a la sección de consultas. Gracias

Ramon 06.28.12 at 5:09

Hola
Estuve leyendo sus comentarios y no dejo de calentarme por lo bananero de este pais
es que no pueden hacer nada bien, sino todo improvisando y a los ponchazos.
Soy estudiante quiero comprar un instrumento de medicion que necesito para mi estudio de posgrado
(estoy hablando de una comprita de U$S 200 a lo sumo) y me tengo que comer que tengo que pagar 60% de su valor y encima un despachante que me va a cobrar por hacer un tramite que yo mismo podria hacerlo.
Realmente siento que esto es una pesadilla de pais. Debe ser cierto que ese decreto es una joda porque en el sitio de Aduanas no hay nada informado y ademas si llaman nadie sabe nada.
Me siento realmente defraudado y frustrado

vale 06.29.12 at 18:12

De cuanto es el impuesto si quiero importar 50 pares de zapatos?

admin 07.06.12 at 21:19

Para consultas por tributos, por favor dirigirse a la sección de contacto. Gracias

Nicolás 07.03.12 at 20:54

Bueno, ahora agregaron esta informacion en la pagina oficial:

http://www.aduanas.gub.uy/innovaportal/v/9937/1/innova.front/orden_del_dia_49_2012.html

¿Como quedan ahora las cosas?

admin 07.03.12 at 20:59

En breve estaremos publicando sobre esto.

Mathias 07.03.12 at 20:58

Email Enviado por miami-box

De acuerdo a lo que nos informan desde Aduanas, es inminente la
implementacion del nuevo decreto 184/2012 el cual establece una
franquicia para paquetes llegados del exterior con valor maximo de 200
dolares y para un maximo de 5 compras por cliente.

Como un avance de lo que esto implica les comentamos:

* Cada cliente tendria una exoneracion de 5 compras de valor maximo
200 dolares sin pago de impuestos, sin pago de despachante y sin pago
de terminal de cargas.

* El peso maximo de cada una de estas compras no debera superar los 20 kilos.

* El periodo para esas 5 compras es añ o civil (del 1ero de Enero al
31 de Diciembre).

* El valor mencionado por Aduanas de USD 200 incluye el flete y
seguro, es lo que se denomina valor CIF.

Como se calcula valor CIF?, es sencillo:
Importe de la compra en USA + flete + seguro = Valor CIF de su paquete.

No lo olviden – si compran algo con valor de boleta en USA 200 dolares
cuando eso llegue a Uruguay su valor CIF va a ser superior a los USD
200 y por tanto no estaria dentro de la franquicia.
Es importante tener en cuenta lo mencionado antes, si tienen dudas no
dejen de consultarnos.

* La exoneracion es para 5 compras por cliente. Por ejemplo, si su
primer compra es de un producto de valor 30 dolares habran usado una
de sus exoneraciones, o sea que le quedarian 4 compras con franquicia
por utilizar.

* El importe no es acumulable. Ejemplo: no se puede traer una unica
compra con valor 800 dolares; cada compra no debe superar los 200
dolares.

Supongamos que su compra tiene valor 250 dolares, en este caso Usted
va a pagar impuestos sobre el total de su paquete y no por la
diferencia entre 250 y 200. Para estar dentro de la franquicia, el
valor tiene que ser menor a USD 200… y recuerden valor CIF, es decir
el valor en USA + flete + seguro.

* Articulos actualmente exonerados de impuestos
(libros/cds/dvds/blurays) no son contemplados dentro de la franquicia.
Es decir que, si compra un libro no habra utilizado una de sus 5
compras exoneradas. Puede seguir comprando sus libros/cds o dvds en
forma normal.

* Articulos que tengan valor mayor a USD 200, los tramites de
importacion continuaran sin cambios.

* Articulos que tienen restricciones de ingreso al pais (tabaco,
armas, remedios, quimicos, etc.) permaneceran con las mismas
restricciones.

* Una vez superadas las 5 compras por cliente y obviamente no sean
articulos como libros o cds, los paquetes seguiran siendo importados
bajo el mismo regimen actual (decreto 506/001).

Aun no tenemos la fecha exacta en que se implementara este decreto
pero igualmente no quisimos dejar de enviar estas lineas de modo que
pudiesen estar informados de las condiciones que aplicarian bajo el
nuevo sistema aduanero. Creemos que esto va a ser un gran beneficio
para todos ustedes y esperamos que puedan ir planificando sus compras
futuras. Y recuerden que si no tienen o no desean utilizar su tarjeta
de credito podemos hacer las compras por ustedes.

rodman 07.04.12 at 7:02
Nicolas 08.22.12 at 22:38

Tienen un listado de cuales son las empresas que pueden ofrecer el servicio de entrega expresa y como se llama dicho servicio para cada caso?
La cuestion es que tengo miedo de traer algo por Miami box por ejemplo y que cuando lleguen me digan que no es un servicio de entrega expresa.
Muchas gracias

admin 11.27.12 at 5:55

Estimado Nicolás

No tenemos dicho listado.

Gracias y lamentamos no poder ayudarlo

prienne 11.22.12 at 5:32

sres, uds, afirman: «Hoy día, todas las compras realizadas por Internet deben de tributar impuestos. «…… deberían aclarar que los libros ,cds, dvds, de música , por ejemplo ….comprados y abonados por internet, NO pagan NINGÚN IMPUESTO a la importaciòn ni IVA, porque en tanto bienes culturales, están EXONERADOS de los mismos.

admin 11.27.12 at 5:16

Estimado Prienne

Tiene razón, no especificamos las excepciones así, ya que es de conocimiento popular y en la corta existencia de este servicio gratuito, jamás han intentado contactar a un despachante de aduanas por comprar mercadería como la que menciona. Nuestras disculpas si ha dado lugar dudas.

Gracias

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